El Código Penal contempla estos delitos en los artículos 119, 120 y 125. ¿Cuál es la diferencia entre ellos y qué pena le cabe a cada uno? La abogada Sabrina Cartabia lo detalló:
El Código Penal contempla estos delitos en los artículos 119, 120 y 125. ¿Cuál es la diferencia entre ellos y qué pena le cabe a cada uno? La abogada Sabrina Cartabia lo detalló:
El viernes suspendieron el show de “Onda Vaga” en Bélgica, luego dos recitales en Madrid y ahora empezaron a cancelarse los recitales en Argentina. Todo se dio luego de que se conocieran las denuncias por acoso y abuso sexual. Mujeres contaron en un blog los abusos que sufrieron por parte de los integrantes de la banda.
“Onda Vaga” estaba de gira en Europa cuando las denuncias se hicieron eco a nivel mundial y en Bruselas cancelaron uno de los shows. Los organizadores difundieron un comunicado en el que explican la situación de los artistas argentinos y detallaba que recibieron varios mensajes de rechazo hacia el espectáculo: “El grupo de folk argentino Onda Vaga se enfrenta a una ola de acusaciones de acoso y abuso sexual de mujeres. Para garantizar a nuestro público un sentimiento de seguridad de nuestro establecimiento, decidimos cancelar el concierto”.
Si bien no hay denuncias asentadas, en caso de que los testimonios sean llevados a la justicia, los integrantes de la banda “Onda Vaga” podrían enfrentar penas dentro del marco de abuso sexual o corrupción de menores. En ambos casos, los artículos del Código Penal contemplan diversas penas.
Tal como explica la abogada, Sabrina Cartabia, las condenas por abuso sexual pueden variar según la gravedad del caso. Citando a los artículos 119 y 120: “Las penas pueden ir desde seis meses a cuatro años; de cuatro a diez años, en ambos casos dependiendo la duración y la circunstancia”. En el caso del abuso con acceso carnal, es decir, de violación: “Seis a 15 años; ocho a veinte años. Acá se contempla para agravar si el acusado es un familiar, si padece alguna enfermedad de transmisión sexual, si en la violación hay más de una persona involucrada o la convivencia, entre otros”.
¿Cuándo hay corrupción de menores? Según el artículo 125, este delito cabe para “el que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años”; las penas también van a variar según la edad de la víctima: “de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años”, o según otras circunstancias tales como “cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda”.
¿Qué pasa con el comportamiento de los acusados? ¿Por qué se comportan así? El psiquiatra Enrique Stola analizó: “Los varones que actúan en grupo lo hacen siempre en función de la mirada del otro macho o machos. Es muy importante el reconocimiento del otro macho. Es un espectáculo de poder y sometimiento del cuerpo femenino, avalado por los machos para los otros. Esto los estimula para abordar el cuerpo de las mujeres”. En mucho de los testimonios de las víctimas se reflejaba esta conducta, situaciones en que las mujeres se veían sometidas entre los miembros de la banda o bajo la mirada de los mismos.
¿Cuando se pasa del consentimiento al sometimiento? “La fantasía de una joven no habilita para nada el abuso. Estos tipos, lo que viven del ejercicio de poder es que pueden hacer cualquier cosa, ‘si vienen a nosotros ya saben’. En la víctima hay parálisis, y un sometimiento por la parálisis que produce la situación, es muy difícil decir un no y poder salir”.
El acusado de abusar y empalar a su hijastro fue detenido en Villa Trujuy, Moreno. La denuncia había sido realizada por la tía de la víctima en 2017.
El hombre de 46 años abusaba del menor de 14 años cuando su pareja se iba de la vivienda que compartían. Uno de los investigadores contó que la víctima logró escapar el día que había sido empalado por el detenido. “Se refugió en la casa de su tía, que vivía en los fondos de su vivienda en General Rodríguez. Rápidamente la mujer hizo la correspondiente denuncia, y desde ese momento, el acusado desapareció de los lugares donde frecuentaba”.
La investigación y posterior detención estuvo a cargo de efectivos de la DDI Moreno – General Rodríguez. Uno de los efectivos policiales detalló: “Usaba anteojos casi sin aumento y se había rapado cuando por años tuvo el pelo largo. Además, en el barrio donde lo encontramos, se hacía llamar por otro nombre. Sabía que lo estábamos buscando”.
Los detectives detuvieron al acusado cuando caminaba por las calles Tablada y Pitágoras y quedó a disposición de la UFI N° 9 de Luján.
Según los datos de la Asociación Víctimas de Violaciones (AVIVI) hay 900 agresores sexuales prófugos buscados por la Justicia en todo el país.
La titular de AVIVI, María Elena Leuzzi, declaró que “la cifra de evasores de la justicia por delitos contra la integridad sexual, entre condenados e imputados, supera las 900 personas”, e hizo hincapié: “No sólo no sabemos dónde están, sino que se trata de sujetos muy peligrosos, que en muchas ocasiones vuelven a perpetrar abusos. Es mucha la impunidad. Por eso venimos reclamando desde hace varios años que se conforme un cuerpo especial de la Policía Federal para buscar exclusivamente a estos monstruos”.
Además del trabajo de AVIVI, el Ministerio de Seguridad Bonaerense ofrece una recompensa de hasta 250 mil pesos para quien aporte datos sobre uno de estos prófugos. En este caso, se trata de Rolando Jesús Salto, alias “Cuchi”, quien se dio a la fuga tras violar a una niña en un domicilio de la localidad de Isidro Casanova en 2012. En la descripción de “Cuchi”, precisaron que tiene una cicatriz en el cuello debajo de la mandíbula, un tatuaje de San La Muerte junto con una oración en la espalda, y un segundo dibujo del Gauchito Gil, al tiempo que utiliza dientes postizos.
Luego de que Camila haya sido atendida en el Hospital Álvarez, el informe médico indicó que “hubo abuso” y que la menor tiene “lesiones compatibles con acceso carnal“. El albañil acusado está detenido.
Camila había desaparecido el lunes, y fue rescatada el martes a la mañana por la Policía de la Ciudad y la División Investigaciones de la Comuna 11 y Búsqueda de Personas, quienes allanaron la casa de un albañil, tras detectar mediante las cámaras de seguridad de la zona que él se había ido con la pequeña. Luego del rescate, el albañil quedó detenido y a la nena de 8 años la llevaron a hacerse los estudios médicos correspondientes, los cuales confirmaron que mientras estuvo secuestrada también sufrió abuso sexual.
La madre de la menor fue quien hizo la denuncia por desaparición y declaró que su hija había salido de la habitación del conventillo donde viven hacia otra habitación en busca de un encendedor, y nunca regresó. Los efectivos policiales también entrevistaron a una vecina, quien expresó que le había entregado el encendedor y que no la volvió a ver. Tras las declaraciones, investigaron las cámaras de seguridad y detectaron que el albañil que trabajaba en el lugar se había llevado a la nena.
En la causa intervino la Fiscalía Correccional y Criminal N° 13 a cargo del Dr. Sola, quien ordenó el allanamiento al domicilio del acusado.